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F29 & IVA•2026-10-18•
5 min de lectura

Vencimiento F29 al Día 20: Claves del Pago en Línea (PEL) y Prevención de Multas del Art. 97

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Equipo Tributario KobusEspecialistas en Normativa SII & Cumplimiento

Análisis detallado de los plazos legales del Formulario 29 según el tipo de contribuyente, la prórroga a días hábiles y las sanciones aplicadas por el SII ante declaraciones fuera de plazo.

El día 20 de cada mes marca el hito más estresante en la rutina de cualquier estudio contable en Chile: el vencimiento para la declaración y pago del Formulario 29 de IVA para contribuyentes que operan con facturación electrónica y declaran por internet con Pago Electrónico en Línea (PEL).

1. Calendario legal de vencimientos del F29

No todos los contribuyentes tienen la misma fecha límite. El marco normativo del SII contempla tres esquemas diferenciados:

  • **Día 12 del mes:** Contribuyentes que aún emiten documentos tributarios en papel o pagan mediante cupón de pago bancario tradicional.
  • **Día 20 del mes:** Contribuyentes emisores de facturas electrónicas acogidos al beneficio de Pago Electrónico en Línea (PEL), regulado por el Decreto de Hacienda.
  • **Día 28 del mes:** Declaraciones del Formulario 29 "Sin Movimiento" (empresas que no registraron ventas, compras ni retenciones durante el período).
  • 2. ¿Qué ocurre si el día 20 es inhábil?

    De acuerdo con el Artículo 36 del Código Tributario, si la fecha de vencimiento legal cae en un día sábado, domingo o festivo, el plazo se prorroga automáticamente hasta el primer día hábil siguiente. Esta regla aplica para el pago en línea y previene la aplicación indebida de recargos moratorios.

    3. Sanciones del Artículo 97 N° 2 y N° 11

    Declarar fuera de plazo cuando existe impuesto determinado conlleva un recargo por reajuste según IPC, más un 1.5% de interés penal por cada mes o fracción de mes de retraso, sumado a multas que pueden oscilar entre el 10% y el 30% del impuesto adeudado.

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